El complemento para reducir la brecha de género puede mejorar la pensión de quienes han tenido hijos, pero también genera dudas cuando los dos miembros de una pareja son pensionistas. Por eso muchas personas se preguntan si pueden cobrar los dos cónyuges el complemento por brecha de género y qué ocurre cuando ambos han contribuido al cuidado de los hijos. La respuesta general es que este complemento no se cobra por duplicado por los mismos hijos, aunque cada caso debe revisarse según la pensión, la fecha de reconocimiento y los requisitos de cada progenitor.
Qué es este complemento
El complemento por brecha de género es una cantidad que se añade a determinadas pensiones contributivas. Su finalidad es compensar el perjuicio que el nacimiento, la adopción o el cuidado de hijos puede haber causado en la carrera profesional y en la futura pensión.
| Aspecto | Complemento por brecha de género | Antiguo complemento de maternidad |
|---|---|---|
| Fecha de aplicación | Desde el 4 de febrero de 2021 | Pensiones reconocidas entre 2016 y el 3 de febrero de 2021 |
| Finalidad | Reducir la diferencia de pensión causada por el cuidado de hijos | Reconocer la aportación demográfica por haber tenido hijos |
| Quién puede pedirlo | Mujeres y hombres, con requisitos distintos según el caso | Inicialmente mujeres, aunque después se abrió la vía de reclamación a hombres |
| Número mínimo de hijos | Uno o más hijos | Normalmente dos o más hijos |
| Cobro por ambos progenitores | No se reconoce a los dos a la vez por los mismos hijos | Puede estudiarse para ambos si cumplen los requisitos |
¿Pueden cobrarlo ambos?
La regla general es clara: no pueden cobrar los dos cónyuges el complemento por brecha de género al mismo tiempo por los mismos hijos. Este complemento se reconoce solo a uno de los progenitores, aunque los dos estén jubilados o aunque ambos tengan una pensión contributiva.
- Si uno de los cónyuges ya lo cobra, el otro no puede percibirlo también por los mismos hijos.
- Si ambos lo solicitan, la Seguridad Social debe aplicar las reglas de preferencia previstas en la normativa.
- En principio, el complemento se reconoce a la mujer, salvo que el otro progenitor acredite mejor derecho según los requisitos exigidos.
- Cuando los dos progenitores son del mismo sexo, se atiende a criterios como la menor pensión, según el caso.
- Si el INSS deniega la solicitud, se puede revisar si la resolución está bien fundamentada.
- La respuesta cambia si la pensión pertenece al periodo del antiguo complemento de maternidad.
Requisitos para solicitarlo
Para resolver si pueden cobrar los dos cónyuges el complemento por brecha de género, lo primero es comprobar si realmente estamos ante este complemento y no ante el antiguo complemento de maternidad. Después hay que revisar la pensión, los hijos computables y la situación del otro progenitor.
Tener una pensión contributiva
El complemento se vincula a pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. No se reconoce de forma aislada, sino unido a una pensión que ya exista o que se solicite en ese momento.
Haber tenido hijos
Para acceder al complemento es necesario haber tenido uno o más hijos. Pueden ser hijos biológicos o adoptados, siempre que se acrediten correctamente mediante la documentación correspondiente.
Fecha de la pensión
Este complemento se aplica a pensiones reconocidas desde el 4 de febrero de 2021. Si la pensión se reconoció antes, puede que el caso corresponda al antiguo complemento de maternidad, que tiene reglas diferentes.
Requisitos para mujeres
Las mujeres que han tenido hijos suelen tener acceso preferente al complemento, porque la norma parte de que la maternidad ha podido afectar a su carrera de cotización. Aun así, debe comprobarse que no exista una incompatibilidad o un derecho reconocido al otro progenitor.
Requisitos para hombres
Los hombres también pueden solicitar el complemento, pero deben acreditar determinadas condiciones. En muchos casos se exige demostrar que el nacimiento o cuidado de los hijos tuvo un impacto real en su cotización o en su carrera profesional.
Situación del otro progenitor
La Seguridad Social no analiza la solicitud de forma aislada cuando existe otro progenitor. Si el complemento ya está reconocido a una persona, habrá que revisar si el nuevo solicitante puede desplazar ese derecho o si la solicitud no es compatible.
Documentación habitual
Lo normal es aportar DNI o NIE, resolución de la pensión, libro de familia o certificados de nacimiento, información sobre la carrera laboral y cualquier resolución previa del INSS. Si la solicitud la presenta un hombre, puede ser necesario justificar mejor la interrupción o reducción de cotización.
Si la Seguridad Social lo deniega
La denegación del complemento por brecha de género puede deberse a varios motivos. A veces el INSS entiende que ya lo cobra el otro progenitor, que no se cumplen los requisitos o que falta documentación relevante para valorar el expediente.
- Lee con calma la resolución para conocer el motivo concreto de la denegación.
- Comprueba si se ha aplicado la norma correcta según la fecha de la pensión.
- Revisa si la Seguridad Social ha tenido en cuenta todos los hijos y toda la documentación.
- Valora si procede presentar una reclamación administrativa previa.
- Controla los plazos, porque una reclamación fuera de plazo puede complicar el procedimiento.
- Si la vía administrativa no resuelve el problema, puede estudiarse la vía judicial.
Se pueden reclamar atrasos
En algunos casos se pueden reclamar cantidades atrasadas, pero no siempre se calculan igual. Hay que revisar cuándo nació el derecho, cuándo se solicitó el complemento y si hubo una resolución previa que pueda afectar a los efectos económicos.
Fecha de solicitud
La fecha en la que se presenta la solicitud puede influir en los efectos económicos. Por eso es recomendable no dejar pasar el tiempo si existen indicios de que el complemento puede corresponder.
Reconocimiento de la pensión
También hay que revisar cuándo se reconoció la pensión principal. No es lo mismo una pensión posterior al 4 de febrero de 2021 que una pensión anterior, porque puede cambiar el complemento aplicable.
Denegación anterior
Si ya hubo una solicitud denegada, esa resolución debe estudiarse antes de presentar nuevos escritos. Puede haber margen para reclamar, pero conviene saber qué se pidió, qué contestó el INSS y en qué fecha se notificó.
Cálculo de cantidades
El importe del complemento se fija por hijo y puede actualizarse cada año. Para calcular posibles atrasos hay que tener en cuenta el número de hijos computables, la fecha de efectos y las cuantías vigentes en cada periodo.
Consulta tu caso
En Asesoría López Martos podemos revisar tu pensión, comprobar si corresponde el complemento por brecha de género y analizar qué ocurre si tu cónyuge ya lo cobra. También podemos ayudarte a preparar la solicitud, estudiar una denegación del INSS o valorar si existen atrasos pendientes de reclamar.
Preguntas frecuentes
¿El complemento por brecha de género se cobra por cada hijo?
Sí, el complemento se calcula por hijo, con el límite máximo previsto legalmente. Su importe se añade a la pensión contributiva cuando se cumplen los requisitos.
¿Puede cobrarlo el marido si la mujer ya lo percibe?
En general, no pueden cobrarlo los dos por los mismos hijos. Solo podría revisarse si el marido cumple los requisitos legales y existe base para discutir quién tiene mejor derecho.
¿Qué ocurre si ambos lo solicitan?
Si ambos lo solicitan, la Seguridad Social debe decidir a quién corresponde según las reglas de preferencia. No se trata de repartir el complemento, sino de reconocerlo a una sola persona beneficiaria.
¿Es igual que el complemento de maternidad?
No. El complemento por brecha de género es el sistema actual y el antiguo complemento de maternidad se aplicaba a pensiones de un periodo anterior. Esta diferencia es clave porque cambia la respuesta sobre si pueden cobrar los dos cónyuges el complemento por brecha de género.
¿Se puede reclamar si el INSS lo rechaza?
Sí. Una denegación puede revisarse y, si existen argumentos, se puede presentar reclamación administrativa previa. Es importante actuar dentro de plazo y aportar la documentación adecuada.
¿Conviene pedir asesoramiento antes de solicitarlo?
Sí, sobre todo si los dos progenitores tienen pensión, si uno ya cobra el complemento o si hubo una denegación anterior. Una revisión previa ayuda a evitar errores y a enfocar mejor la reclamación.




